04-25-2023, 01:03 PM
(Este mensaje fue modificado por última vez en: 04-25-2023, 01:13 PM por Terminus.)
(04-25-2023, 12:21 PM)el_francotirador escribió: Me imagino que no derribo y pasar el trafico al siguiente pais en caso de vuelo irregular que no obedece las ordenes de aterrizar, algo que ya se hace. Ahora si existe riesgo para instalaciones o la vida humana asumiria que no habria problema en derribarlo. El famoso vuelo en Peru no habian riesgos para nadie excepto para los que iban en la avioneta y fueron derribados, eso es lo que no se quiere repetir.
Entnoces ahora pregunto ¿que medios tiene Brasil o Chile para identificar positivamente una aeronave?.
Ley argentina
-https://www.argentina.gob.ar/normativa/n...6449/texto
Ley Uruguaya, que en realidad no es una ley sino artículos dentro de la LUC y digamos, ahora que los leí,bastante pobres y elementales.
Articulos 112 a 115, comparen
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020
"Mas vale ser aguila un minuto que sapo la vida entera".