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Reserva del Ejercito
#1
No son puramente reservistas, pero acorde a la Ley Organica, elpersonal militar en retiro o baja, si mantiene sus aptitudes para el servicio pueden ser movilizados.
En distintas unidades del Ejercito,cada vez mas se llevan a cabo estas actividades que mantienen vinculados a los retirados, la reserva, a su unidad.
En este caso son los Pumas del Bn . 11 que no solo desfilan en fechas patrias sino que tambien realizan estas actividades. Se los distingue del personal en activo por sus gorras negras.


Batallon de Infanteria Motorizado No. 11

[Imagen: 2rMScTj.jpg]

Acorde a lo dispuesto en el Plan Anual de Instrucción y Entrenamiento el Día Sábado 23 pasado se Desarrollo el 2º Reencuentro de Camaradería de Personal en Actividad y Retiro “Soldados Orientales”, del que participaron más de 80 de nuestros viejos Soldados. En la oportunidad se realizo una Ceremonia Militar en honor a los mismos, con Lectura de Orden, Palabras del Sr. J. de Unidad Tte. Cnel Julio Giménez, entrega de Reconocimientos y posteriormente un Desfile Militar.

Seguidamente se realizo una presentación de las Actividades Previstas y un video de la Historia de la Unidad, para posteriormente concurrir al Área de Instrucción y Entrenamiento “VERDUN” donde se desarrollo la competencia Nivel Grupo de Fusileros, denominada “FORJADORES DEL ESPIRITU DEL PUMA”.

Para dicha competencia los integrantes de cada Grupo, debían equiparse con Correaje de Combate, Mochila y Fusil FAL, debiendo de cumplir diversas tareas, como Arme y Desarme de Armamento, Tiro, contestar preguntas referente al Grupo de Fusileros y posteriormente transporte de equipo.

La actividad exijo de los participantes voluntad, esfuerzo, conocimientos técnicos y por sobre todas las cosas trabajo de equipo, cualidades propias del Soldado Oriental.
Finalizando la ardua jornada de Instrucción, la que se desarrollo bajo condiciones climáticas adversas, se realizo un emotivo almuerzo de camaradería.

[Imagen: A98xf5I.jpg]
[/url]
[Imagen: fkffAAw.jpg]

[Imagen: 2MjnWq0.jpg]
[url=http://s1255.photobucket.com/user/terminus5/media/13102798_1158382097517668_5971069932318258011_n_zpspf64daav.jpg.html]

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"Mas vale ser aguila un minuto que sapo la vida entera".
 
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#2
Personal de Reserva de las FF.AA :



Ley Orgánica de las FF.AA Nº 14.157 .

Art: 105 :

El personal de Reserva de las FF.AA esta constituido :

A) Los retirados o bajas de las FF.AA. que conserven sus aptitudes militares y aquellos ciudadanos movilizables que posean especialidades , conocimientos o experiencia de interés militar .

B ) Los ciudadanos que puedan ser llamados a prestar servicios acorde a la ley .

Estos Reservistas pueden ser llamados a incrementar las FF.AA en tiempo de Paz.

Art :106.

Es RESERVISTA TODO ciudadano integrante de la Reserva de las FF.AA. según los establecido en la presente Ley , en la Ley de Instrucción militar y concordantes .

Art: 108 .

Los Reservistas  pueden ser :

A) Voluntarios .
B ) Obligatorios .

Art:110 .

Los Reservistas pueden encontrase en las siguientes situaciones :

A) Incorporados a las FF.AA.
B) En Instrucción .
C) En Reserva Disponible .


Ley Orgánica del Ejercito , Decreto Ley N° 15.688

En caso de movilización serán :

1º) Los Militares en retiro que es la Reserva Permanente de las FF.AA.

2º) La Reserva Activa :Los ciudadanos de 18 a 30 años hábiles para las armas y sin hijos .

3º) La Reserva Móvil : Ciudadanos de 18 a 45 años con descendencia ( Reserva Pasiva ) .

4º) La Reserva Territorial de ciudadanos de 46 a 60 años .

5º) Las Fuerzas auxiliares : que están constituidas por el personal equiparado y por civiles en actividad en cualquiera de las dependencia de las FF.AA  y por las Fuerzas Policiales que pasen a depender de los Comandantes de Divisiones de Ejército al iniciarse la movilización .

Saludos
 
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#3
Muchas gracias Parachute por la aclaracion!

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#4
(04-27-2016, 01:36 AM)parachute escribió: Personal de Reserva de las FF.AA :



Ley Orgánica de las FF.AA Nº 14.157 .

Art: 105 :

El personal de Reserva de las FF.AA esta constituido :

A) Los retirados o bajas de las FF.AA. que conserven sus aptitudes militares y aquellos ciudadanos movilizables que posean especialidades , conocimientos o experiencia de interés militar .

B ) Los ciudadanos que puedan ser llamados a prestar servicios acorde a la ley .

Estos Reservistas pueden ser llamados a incrementar las FF.AA en tiempo de Paz.

Art :106.

Es RESERVISTA TODO ciudadano integrante de la Reserva de las FF.AA. según los establecido en la presente Ley , en la Ley de Instrucción militar y concordantes .

Art: 108 .

Los Reservistas  pueden ser :

A) Voluntarios .
B ) Obligatorios .

Art:110 .

Los Reservistas pueden encontrase en las siguientes situaciones :

A) Incorporados a las FF.AA.
B) En Instrucción .
C) En Reserva Disponible .


Ley Orgánica del Ejercito , Decreto Ley N° 15.688

En caso de movilización serán :

1º) Los Militares en retiro que es la Reserva Permanente de las FF.AA.

2º) La Reserva Activa :Los ciudadanos de 18 a 30 años hábiles para las armas y sin hijos .

3º) La Reserva Móvil : Ciudadanos de 18 a 45 años con descendencia ( Reserva Pasiva ) .

4º) La Reserva Territorial de ciudadanos de 46 a 60 años .

5º) Las Fuerzas auxiliares : que están constituidas por el personal equiparado y por civiles en actividad en cualquiera de las dependencia de las FF.AA  y por las Fuerzas Policiales que pasen a depender de los Comandantes de Divisiones de Ejército al iniciarse la movilización .

Saludos

Muy buena información.
Se me plantea una duda. Los ex alumnos del Liceo Militar, entiendo pasaban a formar parte de la Reserva. Es más, recuerdo haber leído una norma (no sé si era un Decreto.. debo buscarlo) que los que egresaron en 5to año, pasan a ser Cbos de Rva. 
Leyendo lo recién publicado, parecería estar contemplado en el Art 105 A), pero allí habla de bajas o retiros militares, y los alumnos del Liceo Militar, son civiles.
 
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#5
El art 105 literal B es el del caso. Los ex alumnos son civiles porque nunca tuvieron estado militar.
Esto no impide que se les reconozca el grado de Cabo al solicitar formalmente ante el CGE su incorporacion a la reserva voluntaria.

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#6
Ex ALUMNOS DEL LICEO MILITAR :

Ley Orgánica del Ejercito .


TITULO IV - PERSONAL MILITAR CAPITULO VI - RECLUTAMIENTO PERSONAL DE LA RESERVA .

Artículo 94 :

El Personal Subalterno de la Reserva será reclutado entre:  

A) Los ex-alumnos de la Escuela Militar, que hayan aprobado como tales los cursos que determine la reglamentación, quienes podrán obtener los grados de Sub-Oficiales, con las mismas condiciones comprendidas en el literal B) del artículo anterior.

B) Personal retirado o baja siempre que las causales no lo inhabiliten, no comprendidos en el literal C) del artículo anterior, el que ingresará a la Reserva con el grado que tenía.

C) Los ex-alumnos de los Liceos Militares que hayan cursado dos o más años en el mismo, ingresarán con el grado de Cabo de Reserva, previa realización de Cursos de Pruebas de Revisión o Capacitación que la reglamentación establezca.  


Saludos
 
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#7
Creo que esa reglamentación (para los ex alumnos) salió entre 1978 y 1980, no estoy seguro.

Pero más allá de la reglamentación está en la voluntad de cada uno de que debe hacer en que momento.

En mi caso tiraba bastante bien, sé donde me pueden prestar un fusil "Z" y municiones, la mira la compro en cualquier lado, en el caso que sea necesario (ojala nunca ocurra, pero si ocurriera se que debo hacer).
 
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#8
(05-04-2016, 05:46 PM)Krody escribió: Creo que esa reglamentación (para los ex alumnos) salió entre 1978 y 1980, no estoy seguro.

Pero más allá de la reglamentación está en la voluntad de cada uno de que debe hacer en que momento.

En mi caso tiraba bastante bien, sé donde me pueden prestar un fusil "Z" y municiones, la mira la compro en cualquier lado, en el caso que sea necesario (ojala nunca ocurra, pero si ocurriera se que debo hacer).

Creo que debería leer el mensaje anterior que expuse .

NO es ninguna reglamentación , esta el la Ley Orgánica del Ejercito Nº 15688 Promulgación del 30/11/1984 , en el Articulo nº 94 ( la que expuse ) .

Saludos
 
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#9
(05-04-2016, 05:06 PM)parachute escribió: Ex ALUMNOS DEL LICEO MILITAR  :

Ley Orgánica del Ejercito .


TITULO IV - PERSONAL MILITAR CAPITULO VI - RECLUTAMIENTO PERSONAL DE LA RESERVA .

Artículo 94 :

El Personal Subalterno de la Reserva será reclutado entre:  

A) Los ex-alumnos de la Escuela Militar, que hayan aprobado como tales los cursos que determine la reglamentación, quienes podrán obtener los grados de Sub-Oficiales, con las mismas condiciones comprendidas en el literal B) del artículo anterior.

B) Personal retirado o baja siempre que las causales no lo inhabiliten, no comprendidos en el literal C) del artículo anterior, el que ingresará a la Reserva con el grado que tenía.

C) Los ex-alumnos de los Liceos Militares que hayan cursado dos o más años en el mismo, ingresarán con el grado de Cabo de Reserva, previa realización de Cursos de Pruebas de Revisión o Capacitación que la reglamentación establezca.  


Saludos

Excelente y clarísima información !!  Muchas gracias.
 
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#10
Ha fallecido hoy, un reservista voluntario enrolado en el Regimiento de Caballeria No. 6, Don Jorge Batlle Ibáñez.
D.E.P. Presidente
“Dulce et decorum est pro patria mori”
 
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