(07-01-2024, 05:15 PM)Mago escribió: Bien entonces leo que coincidimos en algo quien debió actuar en dicha ayuda humanitaria quedó omiso. Cómo lo sancionamos? Entiende donde está el meollo de la cuestión? Cuando el Estado es omiso, libera al ciudadano de toda burocracia ejecutiva. De allí que hasta el codigo penal prevee el art. 222 de ja legítima defensa, sino UD. Debiera esperar la exclusiva actuación del MI ante un hecho, amigo coforista, por otra parte puedo y tengo la libertad de opinar segun mi saber y entender. La vida civil no es rígida como la orgánica militar. Es ser practico y atender el problema. En mi tiempo teníamos un dicho "soluciones y no problemas" tenga UD un excelente día. Y fraterno saludo, pero lo que es es, sino tenés capacidad, que actúe quien este a la nano y luego lo otro es funcionarios y tiempo desperdiciado, por eso le digo reglamento para unos y para otros no? Le puse sobre vuelos a baja altura en el verano de "señores", de eso nada pero de lo otro me pasa codigo y con dureza, bajese que llegamos a cagancha. Fin
Asujete que va con recado!!
No veo la coincidencia, y menos comparto eso de que "cuando el estado es omiso libera al ciudadano de toda burocracia ejecutiva", si hubiera habido un accidente mejor busque otra excusa para presentarle al juez.
Creo que está confundido, ¿había una situación de vida o muerte? ¿se solicitó ayuda a CECOED? ¿Las autoridades negaron ese eventual pedido de ayuda o avisaron que no podían cumplir? ¿esas dos o tres bolsas de víveres que es arrojó podían haber sido llevadas en un bote? seguro que si, pero si nada de esto sucedió y si fuera así debería figurar en los descargos del sancionado cosa que aparentemente no figura, entonces tenemos a un piloto que hizo una gauchada, contraviniendo la reglamentación que bien conoce, pensó que nadie se iba a enterar y terminó sancionado, quedó en evidencia y fué a contarle a su amigo senador suplente para que saliera en as redes donde habituamente se lo encuentra con la peregrina idea (que ya había tirado en su momento el frente amplio) de pasar la DINACIA al MTOP, y para mas desastre el senador suplente habla de "sacar a aviación civil del control militar", parecería que desconoce que la DINACIA no está "bajo control militar", depende del Ministerio de Defensa y reporta directamente al ministro (que es correligionario del senador suplente con iniciativas)
Tampoco entiendo eso de que no pasa nada con los vuelos a baja altura en el verano de "señores", si se refiere a lo que aconteció en P del Este sepa don que el organismo controlador abrió expediente y una investigación sobre el caso, quizás usted pueda ilustrarnos sobre el resultado de la misma.
Espero que el audaz piloto haya entendido que las reglamentaciones están para cumplirse, que en caso de necesidad se debe recurrir a las autoridades competentes y con competencias técnicas (me refiero al lanzamiento de cargas desde el aire).
Y para finalizar quisiera hacerle notar que la referencia a la legítima defensa no es válida en este caso, porque la misma se basa en lo que jurídicamente se llama "estado de necesidad" donde configurándose ciertas condiciones, la amenaza o a certeza de que una vida está en peligro exime de culpa a quién ejerce violencia contra otra persona, que evidentemente no es este caso ni por asomo.
La diferencia entre el apego a las reglamentaciones y actuar basado en gauchadas es lo que define a un país serio.
Para mejor ilustración le adjunto una noticia referente a las investigaciones de esos "vuelos de verano"
https://www.teledoce.com/telemundo/nacio...-del-este/