05-06-2016, 03:25 PM
(05-04-2016, 05:06 PM)parachute escribió: Ex ALUMNOS DEL LICEO MILITAR :
Ley Orgánica del Ejercito .
TITULO IV - PERSONAL MILITAR CAPITULO VI - RECLUTAMIENTO PERSONAL DE LA RESERVA .
Artículo 94 :
El Personal Subalterno de la Reserva será reclutado entre:
A) Los ex-alumnos de la Escuela Militar, que hayan aprobado como tales los cursos que determine la reglamentación, quienes podrán obtener los grados de Sub-Oficiales, con las mismas condiciones comprendidas en el literal B) del artículo anterior.
B) Personal retirado o baja siempre que las causales no lo inhabiliten, no comprendidos en el literal C) del artículo anterior, el que ingresará a la Reserva con el grado que tenía.
C) Los ex-alumnos de los Liceos Militares que hayan cursado dos o más años en el mismo, ingresarán con el grado de Cabo de Reserva, previa realización de Cursos de Pruebas de Revisión o Capacitación que la reglamentación establezca.
Saludos
Excelente y clarísima información !! Muchas gracias.