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Defensa de la ciudad de Paysandu
#15
FIN DEL DIARIO
ANEXO
INTIMACIONES DE RENDICION A LA PLAZA DE PAYSANDÙ

La siguiente nota fue enviada el 3 de diciembre de 1864 al Jefe de la guarnición de Paysandú por el comandante de las fuerzas sitiadoras General Venancio Flores, intimándole a la rendición de la plaza Sanducera, al pie de la cual el General Leandro Gómez estampo la celebre frase: “Cuando Sucumba”, firmándola al pie y devolviéndola luego:

El General en Jefe del Ejercito Libertador. Cuartel general, frente a Paysandú Diciembre 3 de 1864.
El abajo firmado General en Jefe del Ejercito Libertador pone a V.S. de plazo para la entrega de la plaza con su guarnición y todos los elementos de guerra que ella contiene, hasta pasado mañana 5 del corriente, a la hora de salida del sol.
Efectuada la entrega de la plaza los Jefes y Oficiales de esa guarnición obtendrán sus pasaportes para al paraje que designen, pudiendo permanecer en el seno de la Republica los que así lo soliciten.
Vencido el plazo fijado, y procediéndose enseguida al ataque, V.S. pagará con su vida las consecuencias o desastres que puedan ocasionarse.
Para concluir, diré a V.S. que para evitar que las familias sufran algún daño debe V.S. notificar a la población lo antedicho, pudiendo disponer de todo el día de mañana las personas que quieran dejar la ciudad.
Dios guarde a V.S. por muchos años.
Venancio Flores”

Y en esta de contestación, los jefes sitiadores niegan el pedido de tregua formulado por el General Gómez – resuelto en consejo de jefes – en la noche del primero de enero de 1865, enviada por intermedio del prisionero, Coronel Atanasildo Saldaña, nota que se aprestaba a responder el General Gómez, cuando fue detenido por una fuerza Brasileña en la mañana del 2 de enero de 1865.
“El General en Jefe del Ejercito Libertador. El Vicealmirante Barón de Tamandarè y el Mariscal de Campo Juan Patricio Mena Barreto, Comandante en Jefe del Ejercito Imperial.
Paysandú, Enero 2 de 1865. Al señor General don Leandro Gómez:
Después de la obstinada resistencia hecha por la guarnición de su mando, sin esperanza de salvación no puede hacerse lugar a la tregua que V.S. solicita en su nota de ayer que acabamos de recibir, no obstante los derechos de la guerra que invoca.
Dentro e las 8 horas de tregua que V.S. solicita debemos hallarnos en posesión de la plaza. Conceder esa tregua seria concentrar por nuestra parte el aumento de las calamidades de la guerra; y de V.S. desea que se atienda a los heridos y de se de sepultura a los muertos, evitando al mismo tiempo la ruina de la población y la efusión de sangre, cuya responsabilidad pesa exclusivamente sobre V.S. ríndase con la guarnición de su mando, en calida de prisionero de guerra, en cuya condición serán tratados con las condiciones debidas; única proposición que podemos hacerle.
Dios guarde a V.S. por muchos años.
Venancio Flores. Barón de Tamandare. Juan Patricio Mena Barreto.”
“Dulce et decorum est pro patria mori”
 
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RE: Defensa de la ciudad de Paysandu - Artiguista - 01-06-2016, 01:42 AM

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