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Essos F16 estan muy baqueteados , a la larga son muy caros o terminan sin volar .
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Para las necesidad que tiene la FAU hoy, interceptar las avionetas narco, el F-16 es mucho avión.
El precio es muy atractivo. No obstante, para la FAU lo ideal ahora es - de lo que se está manejando - el M-346FA.
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El M346 también será mucho avión si no se adquieren misiles aire aire y equipo de misión.
Para eso traemos turbohélices
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Volvemos al problema doctrinario. Para justificar la inversión los políticos utilizan un ejemplo invalido para el tipo de aparato que busca la FAU. Hay una mision policial, que utiliza el politico para justificar la inversion y otra belica, que es la que de alguna forma persigue la FAU. El gran problema es quedarse en el medio y terminar con nada. A la Armada ya le paso y esta al borde de su inexistencia operativa. La FAU esta en ese camino, de tener decenas de aviones de combate esta al borde de qurdarse sin nada, ni cazas ni aviones COIN.
"All warfare is based on deception. There is no place where espionage is not used. Offer the enemy bait to lure him."
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Muchos deberían leer la MISIÓN de la FAu según su Ley orgánica .
La adecuación de medios " policiales" no se debe a su MISIÓN fundamental que es : la DEFENSA DE LA SOBERANÍA y ESPACIO AÉREO .
la imposición de otras misiones y tareas con medios más " pacíficos " contraria a la la misión encomendada es netamente POLÍTICA y la IZQUIERDA favoreció ese concepto.
TITULO I
DE LA FUERZA AEREA URUGUAYA
CAPITULO I
Definiciones y Misiones
Artículo 1°.
La Fuerza Aérea constituye la rama de las Fuerzas Armadas que se encuentra organizada, equipada y entrenada para planificar, conducir y ejecutar los actos que impone la defensa nacional en lo referente al poder aeroespacial.
Artículo 2°.
Todos los organismos, personas y medios públicos y privados vinculados a la actividad aeroespacial, integran el potencial aeroespacial.
Artículo 3°.
La misión fundamental de la Fuerza Aérea consiste en dar la seguridad nacional exterior e interior, en cooperación con los otros componentes de las Fuerzas Armadas.
Artículo 4°.
Sin detrimento de su misión fundamental, la
Fuerza Aérea deberá:
A) Apoyar o tomar a su cargo los planes de desarrollo que le fueron asignados, realizando obras de conveniencia pública;
B) Desarrollar su potencial en función de las exigencias o previsiones del cumplimiento de su misión fundamental y las que le sean asignadas;
C) Constituir el órgano asesor nato del Poder Ejecutivo en materia de política aeroespacial de la República;
D) Constituir el órgano ejecutor del Poder Ejecutivo en materia de medidas de conducción, integración y desarrollo del potencial aeroespacial nacional.
CAPITULO Il
Tareas
Artículo 5°.
Son tareas fundamentales de la Fuerza Aérea:
A) Conducir las operaciones aeroespaciales estratégicas y tácticas, independientes o en cooperación con otras Fuerzas, necesarias para la defensa aeroespacial;
B) Proporcionar la defensa aérea de los espacios territoriales bajo jurisdicción nacional;
C) Establecer la doctrina básica aeroespacial de acuerdo a las directivas del Mando Superior;
D) Ejercer el control del tránsito aérea y ejecutar las medidas de policía aérea nacional en la totalidad del espacio aéreo jurisdiccional de la Nación;
E) Conducir operaciones aeroespeciales de búsqueda y salvamento, relevamiento fotográfico, transporte sanitario y otras que le sean asignadas;
F) Formular y ejecutar los planes de reclutamiento, instrucción, movilización y apoyo logístico de la Fuerza Aérea, e intervenir en los de igual índole que atañen a las Fuerzas Armadas en su conjunto;
G) Integrar Comandos y Fuerzas Conjuntas o Combinadas según las necesidades de la defensa nacional y de acuerdo a directivas del Mando Superior y de la Junta de Comandantes en Jefe;
H) Estudiar, formular y proponer al Poder Ejecutivo las normas de política aeroespacial nacional;
I) Planificar, proponer, ejecutar y supervisar las medidas necesarias para la conducción, integración y desarrollo del potencial aeroespacial;
J) Planificar, construir, mantener, administrar operar y
dar seguridad a toda la infraestructura aeronáutica nacional y predios del Estado destinados a campos de aviación;
K) Supervisar la actividad aérea comercial, privada y deportiva.
CAPITULO III
Jurisdicción territorial de la Fuerza Aérea
Artículo 6°.
Constituye jurisdicción de la Fuerza Aérea:
A) La totalidad del espacio aéreo jurisdiccional de la República;
B) Los espacios ocupados por las Bases aéreas y demás establecimientos de la Fuerza Aérea, con sus correspondientes zonas de seguridad:
C) Toda la infraestructura aeronáutica nacional y los predios destinados a campos de aviación, a efectos de su explotación, vigilancia y operación aeronáuticas.
MUCHOS deberían leerla ...