07-18-2020, 04:15 PM
(07-18-2020, 03:46 AM)Voluntario2 escribió: Desconozco de donde viene ese Art. 25. Disculpen mi ignorancia.
Creo que sea como sea en el Uruguay es la mayor parte de las veces papel mojado. Sino muchos gerentes de ANCAP, de Intendencias, Ministerios, etc. estarían presos.
Sin entrar en detalles técnicos de necesidades de la FAU - que obviamente no eran este avión - el poder político se impone.y adquieren y emplean lo que se les ordena.
De últimas si mañana la FAU adquiere aeronaves de combate - ver para creer - va a ser el poder político el que finalmente decida que y a quien. Siguiendo posiblemente las sugerencias de la FAU, pero no tal vez el que está 1° en su ranking.
Como a veces doy sentado algunas cosas o conocimientos , corregí lo que tenia que haber indicado : ART Nº 25 , Constitución de la República Oriental del Uruguay .
Bueno como ahora el poder político cambio y en su momento y a sabiendas se informo de : la mala compra , de la SOBREFACTURACIÓN de la aeronave , y la compra denota una aberración : REPITO ...si YO fuera el ministro ( yo dije , no se si se entiende )
....TOMARÍA MEDIDAS .
Sobre las aeronaves de combate , muchos esta escrito desde antes que Usted participara en el foro y es mas o menos lo mismo , hace 12 años que se repiten las mismas palabras y repetimos los deseos y conceptos ...
solamente que compren lo mejor que se pueda ( y no como la compra de este CLAVO ) .