Control del espacio aereo nacional. - Versión para impresión +- Foros de Uruguay Militaria (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro) +-- Foro: Presente (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro/forumdisplay.php?fid=5) +--- Foro: Fuerza Aerea (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro/forumdisplay.php?fid=10) +--- Tema: Control del espacio aereo nacional. (/showthread.php?tid=77) |
RE: Control del espacio aereo nacional. - Foxbat - 01-23-2020 CAPITULO VIII NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LA SOBERANÍA EN EL ESPACIO AÉREO. Artículo 80. Las normas sobre protección de la soberanía en el espacio aéreo tienen por objeto la regulación del procedimiento para la indagación, interceptación, persuasión y neutralización de las aeronaves que infrinjan las disposiciones sobre la navegación aérea establecidas en la normativa nacional e internacional, en especial, el Convenio sobre Aviación Civil Internacional y sus Anexos. Artículo 81. En el caso que se detecte una aeronave no identificada o no autorizada, la misma será sometida al uso progresivo de la fuerza, a través de la indagación, interceptación, persuasión y en defecto de lo anterior y como último recurso, la neutralización definitiva de la amenaza, mediante orden emanada del Presidente de la República. Artículo 82. Para aplicar las medidas establecidas en el artículo precedente, deberán tenerse en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Que la aeronave haya ingresado al territorio nacional sin un plan de vuelo aprobado, o se compruebe la inobservancia del plan de vuelo. b) Incumplir con los informes de posición. c) No realizar las comunicaciones constantes. d) No identificarse ante los órganos de control del tráfico aéreo. e) Proveer información falsa o apagar los sistemas de identificación de la ae- ronave. f) No obtener autorización para volar sobre el territorio nacional. g) Hacer caso omiso de las instrucciones de la aeronave interceptora, sean éstas trasmitidas por radiocomunicación o mediante el procedimiento de señales. La presente enumeración de circunstancias no tendrá carácter taxativo. Artículo 83. El Presidente de la República, una vez que hayan sido completamente agotadas todas las medidas progresivas, podrá autorizar la neutralización. Previo a ello, se deberá comunicar por radio dicha autorización a la aeronave, y cumplir las acciones finales de advertencia que indiquen en forma inequívoca la acción inminente a seguir. Artículo 84. El Poder Ejecutivo, bajo la coordinación de la Presidencia de la República y los Ministerios de Defensa Nacional e Interior, reglamentará las presentes disposiciones mediante la elaboración de un Protocolo a ser utilizado a los efectos de lo regulado en las disposiciones del presente capítulo. RE: Control del espacio aereo nacional. - Artiguista - 01-23-2020 (01-23-2020, 12:03 AM)Foxbat escribió: CAPITULO VIII Si antes hay que avisarle al Presidente..........fuegos de artificio. RE: Control del espacio aereo nacional. - el_francotirador - 01-23-2020 Exacto. El proceso lleva mas tiempo de lo que le toma a un avion cruzar el pais. RE: Control del espacio aereo nacional. - Terminus - 01-23-2020 (01-23-2020, 02:09 AM)el_francotirador escribió: Exacto. El proceso lleva mas tiempo de lo que le toma a un avion cruzar el pais. Me atrevo a graficar esto: Piloto se encuentra avion no cooperante Lo sigue, identifica y le señala lo que tiene que hacer El piloto de la aeronave le empieza a hacer el verso de que no escucha que esta perdido, lo de siempre Pasan los minutos y al no cooperar empieza con el procedimiento Cuando no cumple solicita autorizacion a su base De la base piden autorizacion a alguien en el CGFAU Ese alguien en el CGFAU llama al CJFAU Del CJFAU llama al MDN De MDN llaman al Presidente Este autoriza MDN autoriza al CJFAU CJFAU autriza Cte BA II Cte BA II autoriza al piloto El avion no cooperante salio de nuestro espacio aereo. Si no entrego la mercancia se cumplio la finalidad, si ya la habia entregado no sirvio de nada. El asunto es que los narcos vuelan por abajo del Lanza o fuera de su alcance y seguramente sepan cuando salen a interceptarlos. Pero siendo positivos, no deja de ser disuasivo en algunos casos....si todos atienden el telefono cuando deben... RE: Control del espacio aereo nacional. - el_francotirador - 01-23-2020 La cobertura a baja cota tiene que ser mejorada con mas radares moviles. Lamentablemente, el Ejercito podria aportar mas ELM2106 pero hay escasez de operadores de radar. Es una combinacion de factores lamentablemente. La FAU deberia tener al menos otro Lanza movil y el Ejercito cambiar los 2106 por NG y formar mas operadores. Pero bueno... es lo que hay. RE: Control del espacio aereo nacional. - Voluntario2 - 01-23-2020 Es un primer paso. Da la impresión que se quiere prevenir el derribo por error de un avion de pasajeros. De ahí que se deba consultar al Presidente de la República. Una situación tipo ataque a las Torres Gemelas. Para derribar una avioneta narco me parece demasiado protocolo. Me pregunto, ¿la Armada para abrir fuego intimidatorio a un pesquero pirata, debe consultar con el Presidente de la República? RE: Control del espacio aereo nacional. - El entrometido - 01-23-2020 (01-23-2020, 04:01 AM)Voluntario2 escribió: Es un primer paso. No se muy bien el protocolo de la armada si alguien que sepa más del Tema me lo puede esplicar lo agradecería. Ahora con repecto a abrir fuego a los pesqueros piratas no es la misma situación estar flotando en el agua y undirte lento que volar en un avión a sientos de metros sobre el suelo. El derribo de un avión es prácticamente una sentencia de muerte para los paajeros del mismo. El protocolo es una especie de salva vidas para los pilotos ya que la eecicion la toma el comandante en jefe de las ffaa. I por lo menos así no veo yo. Pero estoy de acuerdo en que es mucho protocolo. RE: Control del espacio aereo nacional. - Voluntario2 - 01-23-2020 Creo que hay un sentido común en esto. Una cosa es derribar una aeronave de pasajeros, tal vez con cientos de inocentes. Otra cosa es buscar intimidar a un piloto pirata, un narco que trae muerte y destrucción al país. No es un angelito precisamente Los narcos no son tontos y cuidan mucho su pellejo. Creo que si la aeronave de combate abre fuego intimidatorio el 99% de los pilotos narco obedecen y aterrizan. RE: Control del espacio aereo nacional. - Terminus - 01-23-2020 (01-23-2020, 09:29 PM)Voluntario2 escribió: Creo que hay un sentido común en esto. Se podra saber el resultado de esta ley en Brasil desde su aplicacion?? RE: Control del espacio aereo nacional. - Pablo 1983 - 01-25-2020 Me parece que si, es un poco "exagerado" esperar la autorización del Presidente para ordenar el derribo, bastaria con el buen criterio de los pilotos y sus superiores y punto. Tampoco estamos hablando de lanzar un ataque nuclear no? De todas formas cómo ya sabemos, primero habría que cubrir TODA la falta de personal y medios necesarios para lograr el cometido. |