Aviacion Naval - Versión para impresión +- Foros de Uruguay Militaria (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro) +-- Foro: Presente (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro/forumdisplay.php?fid=5) +--- Foro: Armada Nacional (http://www.uruguaymilitaria.com/Foro/forumdisplay.php?fid=12) +--- Tema: Aviacion Naval (/showthread.php?tid=117) |
RE: Aviacion Naval - Terminus - 01-13-2020 (01-13-2020, 03:03 PM)Foxbat escribió:(01-13-2020, 11:09 AM)Hum escribió: https://www.defensa.com/uruguay/puesto-punto-beechcraft-b-200t-armada-uruguaya El equipo ESM y SIGINT del año de la pera, no creo que tenga mucho valor hoy. Creo que tbn tenia un datalink del mismo origen. RE: Aviacion Naval - Hum - 01-13-2020 (01-13-2020, 03:40 PM)Terminus escribió:(01-13-2020, 03:03 PM)Foxbat escribió:(01-13-2020, 11:09 AM)Hum escribió: https://www.defensa.com/uruguay/puesto-punto-beechcraft-b-200t-armada-uruguaya Me conformo que esté en orden de vuelo. La electrónica se va arreglando en medida que aparezcan los recursos. Supongo que cuando vengan barcos para la Fuerza de Mar, con equipos más modernos, la electrónica en los aviones también debería mejorarse para mantener una interacción acorde entre los dos vectores RE: Aviacion Naval - Terminus - 01-13-2020 Tiene razon, mas considerando que el otro B200 de electronica esta pelado. RE: Aviacion Naval - Pablo 1983 - 01-13-2020 (01-13-2020, 05:59 PM)Terminus escribió: Tiene razon, mas considerando que el otro B200 de electronica esta pelado. Habrá que ver cómo queda ese B200, pero sin dudas una excelente noticia. Alguien sabe que es de la operatividad de las 337? Seguirán las 3 en orden de vuelo? RE: Aviacion Naval - parachute - 01-13-2020 " Se conocieron detalles de la maniobra donde militares de la Base de la Aviación Naval de Laguna del Sauce robaban combustible y lo comercializaba ". La Fiscalía imputó por asociación para delinquir y delito continuado de peculado para tres de los militares con prisión por 30 días, mientras que otro miembro naval fue encausado por delito continuado de peculado y tendrá arresto domiciliario nocturno. El particular fue acusado por el delito de receptación, aplicándose también prisión domiciliaria. El juez aceptó el pedido fiscal pero redujo la preventiva y determinó la formalización de los cinco hombres. LEA AQUI LOS DETALLES DE LA INVESTIGACIÓN: Señor Juez Letrado de Maldonado de 4to Turno. FORMALIZACION DE LA INVESTIGACION. La Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 4to Turno, con domicilio electrónico en sippau1@notificaciones.poderjudicial.gub.uy, NUNC: 2019226922/2 SGSP: 9589222 ante Ud. se presenta y DICE: Que viene a formalizar su investigación respecto de los imputados: L.A.G., C.I: x.xxx.xxx-x, oriental, casado, 45 años de edad, domiciliado en XXXX, W.S.G.R., C.I. x.xxx.xxx-x, oriental, soltero, de 20 años de edad, L.E.S.C., C.I: x.xxx.xxx-x, oriental, soltero de 28 años de edad, asistidos por la Dra. Isabel Ithurralde (Defensora Pública), L.E.M.V., C.I: x.xxx.xxx-x, oriental, casado, asistido por su Defensa de particular confianza Dr. Pablo Ballesta, E.G.M.D., C.I: x.xxx.xxx-x, oriental, soltero de 41 años de edad, quien ha designado como su Defensa de particular confianza al Dr. Roberto Tomé, por atribuírsele los siguientes hechos: HECHOS. En el mes de junio de 2019, la Dirección General de Represión al Tráfico ilícito de Drogas, recibe información confidencial relacionada a que funcionarios de la Armada Nacional estarían realizando la logística y facilitando el acceso al combustible a una organización criminal de transporte y comercialización de sustancias estupefacientes, las que ingresarían a nuestro país a través de avionetas, las que descienden en un campo ubicado en el departamento de Salto por Ruta Nro. 3 a unos 5 Kilómetros antes de llegar a las termas del Dayman, teniendo como destino final de la droga la ciudad de Montevideo. En virtud de ello, la referida Unidad solicitó la aplicación de medidas de Vigilancia Electrónica sobre las personas indicadas como responsables de la maniobra, las cuales fueron autorizadas por la Fiscalía de estupefacientes de Montevideo 2do Turno y el Juzgado Especializado en Crimen Organizado de 3er Turno. Realizado el análisis de las comunicaciones registradas hasta el momento, se pudieron constatar comunicaciones de funcionarios pertenecientes a la Armada Nacional que prestan servicio. la Base Aéreo Naval Nro. 2 Capítan Curbello ubicada en Laguna del Sauce. Si bien no se logró establecer conexión directa entre los funcionarios militares y las organizaciones relacionadas al tráfico ilícito de estupefacientes, se pudo constatar que se comercializaban miles de litros de combustible (fundamentalmente nafta de avión) a particulares presuntamente intermediarios. Surge claramente de las intervenciones practicadas que los principales encargados de llevar adelante la maniobra delictiva son los imputados: Marino de 1ra L.A.G. (retirado en el mes de diciembre de 2019) y el Sub Oficial L.E.M.V., se registran numerosas conversaciones entre ambos de las cuales surge que los mismos eran los encargados de coordinar la forma de sustracción y retiro del combustible, la distribución del mismo y la conexión con los clientes externos. Asimismo impartían órdenes a sus subordinados en relación a la forma cargar y registrar el combustible de manera que no se notara el faltante, ordenando que registraran mayor carga de combustible de la que efectivamente habían efectuado en los vehículos de la armada, así como la alteración de los medidores. Dicha diferencias eran las que luego comercializaban dentro y fuera de la Base. Cabe señalar a la Sede, que los imputados G. y M., heredaron los clientes externos de un funcionario militar, que era el encargado primario de la maniobra, quien falleció en el mes de julio del pasado año. De las primeras comunicaciones, se desprende que dos de los clientes externos que tenía el militar fallecido tomaron contacto con el imputado G., a efectos de poder continuar adquiriendo combustible de la Armada Nacional. En efecto, en una de las comunicaciones se puede escuchar a G. negociando con el imputado E.G.M. la compra de combustible, en este caso nafta de avión, a quien éste último refiere como “jugo azul”, haciendo referencia al color de ese tipo de combustible. Manifestando G. que esa semana estaba complicada, pero que la semana siguiente se la llevaría, tratándose en esa oportunidad de 700 litros del referido combustible. Surgiendo asimismo de dicha conversación entregas previas en tanto refiere G. que tiene que levantar las tarrinas que quedaron en lo de M. porque se estaba notando su faltante. Asimismo surge una comunicación entre G. y M., en donde el primero ponía al tanto al segundo del encargo del imputado G.M., coordinando entre ambos el momento en que sustraerían el combustible para dicho cliente así como para otro, el día que lo sacarían de la base, la ruta que harían para entregarlo y el precio que pedirían por el mismo, en tanto desconocían hasta ese momento el precio que el fallecido había acordado con M., porque hasta esa fecha los imputados habían negociado con gasoil y nafta super pero no con nafta de avión. Asimismo a partir de las intervenciones se pudo constatar la participación en las mismas del imputado: W.S.G.R., en este caso surgen numerosas comunicaciones en donde consta que el imputado G. comercializaba combustible perteneciente a la Armada (nafta y gasoil) dentro de la Base Aeronaval. En efecto, un funcionario militar reconoció que en 4 oportunidades le compró al imputado G. gasoil para su vehículo abonando por el la suma de $25 pesos el litro. Asimismo surge que G. en algunas oportunidades cumpliendo órdenes de M. cargaba determinada cantidad de combustible en vehículos de la armada, registrando una carga mucho mayor, esa diferencia era la que luego comercializaban. En otras oportunidades G. realizó la maniobra sin cumplir órdenes y para su provecho. Por último, en el caso del imputado L.E.S., quien se desempeña como Chofer dentro de dicho sector, siendo el encargado de conducir el camión que transporta el combustible hacia el interior del país, ya que cuenta con habilitación para el transporte y manejo de materiales peligrosos, de las intervenciones telefónicas así como de la declaración de varios de los testigos, surge que S. era el encargado de sacar el combustible de la base tanto en el micro como en el camión propiedad de la armada y entregarlo a sus destinatarios. Asimismo el mismo registraba cargas mayores de las que efectivamente había realizado, siendo esa diferencia luego comercializada. EVIDENCIAS : La Fiscalía cuenta con las siguientes evidencias en su carpeta investigativa, a la que tuvo pleno acceso las Defensas de los imputados: 1) Actuaciones Administrativas llevadas a cabo por la Brigada de Narcóticos de esta ciudad. 2) Declaración de los testigos: Capitán de Fragata A.B., J.E.M.M., N.M.C.O., O.A.M., M.J.B., M.V.D.P., H.F.G.S. 3) Declaración del indagado: F.D.G.M. 4) Registro de las intervenciones realizadas a los teléfonos celulares de los imputados, debidamente autorizadas por el Juez y la Fiscalía. 5) Declaración de los imputados en Sede de Fiscalía y en presencia de sus Defensas. 6) Planilla de antecedentes judiciales de los imputados de donde resulta que todos poseen la calidad de primarios absolutos. PETITORIO. De acuerdo a los hechos antes indicados, la conducta desplegada por los imputados L.A.G., L.E.M. y L.E.S. encuadra en lo dispuesto por los artículos 18, 58, 60 numeral 1, 150 y 153 del Código Penal es decir como autores penalmente responsables de un delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR en concurrencia fuera de la reiteración con un DELITO CONTINUADO DE PECULADO. Por su parte la conducta del imputado W.S.G.R., encuadra en lo dispuesto por los artículos 18, 58, 60 numeral 1 y 153 de Código Penal, es decir como autor penalmente responsable de un delito CONTINUADO DE PECULADO. Por último la conducta desplegada por el imputado E.G.M.D., encuadra en lo dispuesto por los artículos 18, 60 numeral 1 y 350 bis del Código Penal. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art. 266 del CPP, se solicita se admita la formalización de la investigación que se está desarrollando contra el imputado por el delito reseñado y al amparo de la normativa referida. MEDIDAS CAUTELARES. La Fiscalía solicita la imposición de las siguientes medidas cautelares: 1) Para el caso del imputado: W.S.G.R. y a efectos de asegurar la comparecencia del imputado al proceso el arresto domiciliario conforme lo previsto por el artículo 221.1 literal 1. 2) Para el resto de los imputados la prisión preventiva, conforme lo previsto por los artículos 221.1 literal m, 223, 224 y 225 del C.P.P. http://www.fmgente.com.uy/noticias/conociron-detalles-maniobra-donde-militares-52340.html?fbclid=IwAR2Kv8k1rS-QsEuaB9nuBIU4u2G-eq_SpYRMUSvKzhHGi1SOutbshohtNEU RE: Aviacion Naval - Voluntario2 - 01-13-2020 Que verguenza. Tengo claro que una cosa es controlar para detectar errores de stock y otra cosa es controlar para detectar ilícitos en el stock. Igualmente son - según dice la prensa - miles de litros de combustible. Incluso los que detectan el ilícito son de fuera de la Armada. No fue una auditoria, un balance o inventario. ¿No realizaban "arqueos" o controles sorpresa? Si lo hicieran ese tipo de ilícitos puede eventualmente ser descubierto. ¿Nadie revisaba el consumo de combustible y lo contrastaba con las horas de vuelo? Tiene tan pocos aviones la Aviación Naval que no debería ser tan complejo. RE: Aviacion Naval - Terminus - 01-14-2020 A mi de chiquito en la Universidad de Toledo me enseñaron que nunca, nunca, me podrian faltar ni armamento, ni municion ni combustible. Fui oficial de motores y religiosamente contrastaba el registro de salidas con lo que habia de saldo en los tanques. La famosa regla de madera, tambien el 2do jefe que es el administrador de la unidad nos auditaba. En fin, a simple vista hay una gran falta de control a todos los niveles. Y cuanta mayor es la responsabilidad de un cargo y mas bajo el grado del que lo ocupa, esta en la tapa de los libros que se debe de controlar mucho mas. Por lo menos en el Ejercito. RE: Aviacion Naval - Voluntario2 - 01-14-2020 A mí todavía me cuesta creer. El combustible es un componente crítico de los insumos de los medios aéreos. Es un componente costoso y por lo tanto se supone que se debe ejercer un control sobre su consumo cotidiano. Si cada tanto se escucha que faltan rubros para el combustible necesario para el adiestramiento y las funciones de patrulla propias de la Aviación Naval sería lógico que lo controlaran. Dicen que van a declarar por lo menos 40 marinos de la base en el Juzgado. Supongo que del Comandante de la Aviación Naval para abajo todos. ¿Ni a los pilotos ni a los oficiales de Administración controlaban el consumo de combustible? ¿No los auditaba nadie desde Montevideo? ¿Que van decir el próximo 7 de febrero cuando se conmemora un nuevo aniversario de la Aviación Naval? Pregunto porque no se. ¿La Justicia Militar no debe intervenir en estas circunstancias? RE: Aviacion Naval - Pablo 1983 - 01-14-2020 Tengo entendido que más allá de la actuacion de la justicia ordinaria, la justicia militar estaba haciendo sus investigaciones. RE: Aviacion Naval - J.W.R. - 01-14-2020 Que lamentable, otra vez gente corrupta de la Armada dando la nota. Ya lo dije en otro post, por un par de delincuentes dejan mal parada a Toda la fuerza, no hay derecho. Así es difícil conseguir apoyo de la ciudadanía para conseguir los medios necesarios. De igual forma estoy sirve para desnudar la falta de control que hay, ojalá sirva para mejorar y evitar que se repitan estas practical reprobables. Yo sabía que la primer tirada de nafta que sale de la manguera no se echa en El avión por si está sucia y que ese desperdicio se regalaba. |