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La reparación a las víctimas de la guerrilla se debería haber hecho hace muchos años.
Creo que policías y militares son recordados en sus ámbitos específicos.
Los policías me imagino que en el monumento a los caídos policiales están mencionados los fallecidos frente a los guerrilleros.
Los militares en sus unidades.
Los civiles, y fueron varios, creo que están olvidados. No hay placas, ni prensa, ni recuerdo para ellos.
(07-22-2021, 01:08 AM)Voluntario2 escribió: [ -> ]La reparación a las víctimas de la guerrilla se debería haber hecho hace muchos años.
Creo que policías y militares son recordados en sus ámbitos específicos.
Los policías me imagino que en el monumento a los caídos policiales están mencionados los fallecidos frente a los guerrilleros.
Los militares en sus unidades.
Los civiles, y fueron varios, creo que están olvidados. No hay placas, ni prensa, ni recuerdo para ellos.

Los policías caídos si, por supuesto, todos los que cayeron en cumplimiento de servicio figuran en el memorial.
Pero una cosa es expresar deseo y otra llegar a dar esa reparación. En el caso de los deetenidos desaparecidos era más "fácil" porque el Estado fue el responsable a través de su aparato de represión. En cambio, las víctimas de la guerrilla fueron por una organización. Tal vez, si se le busca la vuelta de que el Estado también debió ser responsable de proteger a esas personas y no pudo, repito, pensando en lo estrictamente legal, cómo para reclamar.
No me quiero meter en "camisas de once varas".
Entre otras cosas porque no soy abogado.
Lo primero que se me ocurrió es que quienes deberían reparar a las víctimas de la guerrilla, una organización que sus herederos del presente: el Movimiento de Liberación Nacional.
Después me acordé de que fueron amnistiados en 1985.
Por lo dicho las víctimas mencionadas quedan en un limbo.
Con el mismo criterio que se derogó en el Parlamento la Ley de Caducidad, puede derogarse la Ley de Amnistía de 1985.
No tiene importancia de que los delitos prescribieron y están amnistiados. Lo mismo sucedió con los delitos que tomo en cuenta la Ley de Caducidad y ahora son juzgados.
(07-22-2021, 02:43 AM)Voluntario2 escribió: [ -> ]No me quiero meter en "camisas de once varas".
Entre otras cosas porque no soy abogado.
Lo primero que se me ocurrió es que quienes deberían reparar a las víctimas de la guerrilla, una organización que sus herederos del presente: el Movimiento de Liberación Nacional.
Después me acordé de que fueron amnistiados en 1985.
Por lo dicho las víctimas mencionadas quedan en un limbo.
Con el mismo criterio que se derogó en el Parlamento la Ley de Caducidad, puede derogarse la Ley de Amnistía de 1985.
No tiene importancia de que los delitos prescribieron y están amnistiados. Lo mismo sucedió con los delitos que tomo en cuenta la Ley de Caducidad y ahora son juzgados.

Fueron admisticiados al igual que los militares por medio de la ley que la ciudadania rectifico 2 veces y no se acata, por lo cual se pueden juzgar (si se quiere) de la misma manera a los Tupas Asesinos y se pude reparar a cualquier victima de la revolución fallida.
(07-22-2021, 02:43 AM)Voluntario2 escribió: [ -> ]No me quiero meter en "camisas de once varas".
Entre otras cosas porque no soy abogado.
Lo primero que se me ocurrió es que quienes deberían reparar a las víctimas de la guerrilla, una organización que sus herederos del presente: el Movimiento de Liberación Nacional.
Después me acordé de que fueron amnistiados en 1985.
Por lo dicho las víctimas mencionadas quedan en un limbo.
Con el mismo criterio que se derogó en el Parlamento la Ley de Caducidad, puede derogarse la Ley de Amnistía de 1985.
No tiene importancia de que los delitos prescribieron y están amnistiados. Lo mismo sucedió con los delitos que tomo en cuenta la Ley de Caducidad y ahora son juzgados.
WTF!!!
Uruguay no para de sorprenderme.
O sea que se derogó la ley de caducidad y así poder juzgar a los militares pero no la que daba amnistía a los guerrilleros???
Entonces debo presumir que hay 2 varas... Es una locura.
Hace más de 40 años que vienen desligándose de su responsabilidad y repitiendo las mismas mentiras. 
De tanto hacerlo parece que se la creyeron...
(07-22-2021, 06:10 PM)ThePresidentoftheUSA escribió: [ -> ]
(07-22-2021, 02:43 AM)Voluntario2 escribió: [ -> ]No me quiero meter en "camisas de once varas".
Entre otras cosas porque no soy abogado.
Lo primero que se me ocurrió es que quienes deberían reparar a las víctimas de la guerrilla, una organización que sus herederos del presente: el Movimiento de Liberación Nacional.
Después me acordé de que fueron amnistiados en 1985.
Por lo dicho las víctimas mencionadas quedan en un limbo.
Con el mismo criterio que se derogó en el Parlamento la Ley de Caducidad, puede derogarse la Ley de Amnistía de 1985.
No tiene importancia de que los delitos prescribieron y están amnistiados. Lo mismo sucedió con los delitos que tomo en cuenta la Ley de Caducidad y ahora son juzgados.
WTF!!!
Uruguay no para de sorprenderme.
O sea que se derogó la ley de caducidad y así poder juzgar a los militares pero no la que daba amnistía a los guerrilleros???
Entonces debo presumir que hay 2 varas... Es una locura.
Hace más de 40 años que vienen desligándose de su responsabilidad y repitiendo las mismas mentiras. 
De tanto hacerlo parece que se la creyeron...

Y se la han hecho creer a las nuevas generaciones. Estas nuevas generaciones dan todo por sentado y no buscan información al respecto, se "comen la pastilla" y lo peor es que despues salen a defender causas indefendibles....
La ley de Caducidad no se derogo… se inventaron leyes interpretativas e ilegalidades similares. Pero solo para un lado. Por otro lado, todo muy lindo pero a dos años de gobierno, cuantos proyectos de ley para compensar a victimas del terrorismo fueron introducidas por la coalicion de gobierno?
Un pequeño off topic, que para algo soy Adm...

PRESCRIPCIÓN, DICTADURA y TEORÍA DEL BUÑUELO.
La prescripción de los delitos y las penas está regulada en el Código Penal. Se trata de un instituto de orden público, por ello la determinación de los plazos de consumación, las causales de interrupción y suspensión son de reserva legal.
Si bien para cualquier persona la prescripción comienza a correr desde la fecha de comisión del delito o desde que cesa la continuidad, con los policías y militares no ocurre lo mismo.


Entiendo que el criterio establecido en el Código Penal es el único que corresponde aplicar porque así lo mandan la Constitución y la Ley y además, porque durante la dictadura cívico militar se presentaron denuncias por estos delitos que fueron tramitadas de acuerdo a derecho y sin cortapisa alguna.
Tanto jueces como fiscales instruyeron los expedientes y dispusieron la citación de los militares por medio de la policía.


A raíz de ello, se planteó una contienda de competencia entre la justicia militar y la ordinaria que fue resuelta a favor de la primera, lo que permitió continuar el trámite de los expedientes.


La prueba más evidente de que ello ocurrió así es la aprobación de la llamada Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado 15.848 en razón de los hechos políticos que la precedieron y del avance del trámite de los expedientes judiciales promovidos contra militares en actividad que debían presentarse ante la justicia.
Esta ley es la única en la historia de nuestra República que superó con éxito tres intentos de anulación: el Referéndum del 16 de abril de 1989; el Plebiscito del 25 de octubre de 2009; y el malogrado proyecto anulación que tuvo como costo político la renuncia Eleuterio FERNÁNDEZ y el desacato a la disciplina partidaria de Víctor SEMPRONI.


Más de dos décadas después de promulgada la Ley de Caducidad, con el mismo apuro, pero con finalidad opuesta, se aprobó la Ley 18.831, promulgada el 27 de octubre de 2011, con la finalidad de sortear el termino de prescripción extendido por la jurisprudencia hasta el 1º de noviembre de 2011 para los casos de homicidio.
Como veremos a continuación, a medida que transcurría el tiempo, parte de la jurisprudencia fue cambiando la fecha de inicio del cómputo de la prescripción, a la vez que creó una causal de suspensión no prevista por la ley penal.
La prescripción entonces se contaba:

  1. desde el 1º de marzo de 1985, fecha en la que se produjo el retorno de la democracia, lo que es incorrecto porque el plazo comienza en el momento de la consumación del delito o desde que cesa la continuidad.
  2. se suspendió el cómputo del plazo de prescripción durante la vigencia de la Ley de Caducidad por aplicación de un principio del derecho procesal civil “al impedido por justa causa no le corre término”.

Este criterio, sostiene erróneamente que durante la vigencia de la Ley de Caducidad los fiscales no podían ejercer su función lo que es falso ya que jueces y fiscales actuaron con total libertad e independencia técnica.
Por otra parte, en materia penal no puede recurrirse a la analogía y menos en perjuicio del indagado porque ello implica violar groseramente el “Principio de Legalidad.”


En ese período, tanto los denunciados como los ficales podían pedir la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad y de hecho lo hicieron varios, lo que fue resuelto por la Suprema Corte de Justicia de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución y las Leyes.


Por otra parte, no hubo ningún impedido con justa causa o una forma de suspensión de la prescripción que determinara que el plazo dejara de correr durante el tiempo de vigencia de la Ley de Caducidad sino actos discrecionales del Poder Ejecutivo efectuados al amparo de una Ley vigente. Tanto es así, que la revocación genérica que dispuso el Presidente MUJICA en el año 2011 (de todas las resoluciones que incluían asuntos en la Ley 15.848), bien pudo ocurrir mucho antes en su mandato o, incluso, en el del Presidente Tabaré VÁZQUEZ si así lo hubieran entendido, pero sin embargo tal cosa no aconteció, en tanto se excluyeron solamente casos específicos.


Además, nada impedía a los denunciantes promover la acción civil para reclamar los daños y perjuicios sufridos.
De esa forma podían demandar al Estado, a los funcionarios públicos civiles, militares y policías; citar a testigos, hacer inspecciones oculares, intimar la entrega de documentos, realizar careos o solicitar medidas para averiguar la verdad y obtener la condena del Estado y de los funcionarios codemandados, pero en algún caso prefirieron transar antes de diligenciar la prueba.

  1. desde el 19 de octubre de 2009, fecha de la Sentencia SABALZAGARAY, en la que se reunió la “voluntad concordante” del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial de la época.
  2. desde el 27 de octubre de 2011, fecha de entrada en vigencia del artículo 1º de la Ley 18.831.

El artículo citado dispone que “Se restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1° de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1° de la Ley 15.848, de 22 de diciembre de 1986.” por lo que el Poder Legislativo hizo ganar el voto verde 20 años después.
Los restantes artículos de la ley – que fueron declarados inconstitucionales – son aún más insólitos porque declaran que el tiempo no transcurrió (lo que viola las leyes de la física) y que los delitos comprendidos en la ley de caducidad son crímenes de lesa humanidad, lo que viola el principio de legalidad ya que, por vía de declaración se aplican normas penales en forma retroactiva en perjuicio de los indagados.


Al declarar que tampoco corrió plazo alguno de caducidad permitió reflotar expedientes archivados y presentar nuevas denuncias, provocando así la situación en la que hoy nos encontramos.


Finalmente, dos consideraciones.
Desde el 25 de octubre de 2017, estos delitos son perseguidos por una Fiscalía Letrada Nacional Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, creada exclusivamente para acusar a los civiles, militares y policías por los presuntos delitos cometidos en el período establecido en la Ley 18.596.
Dicha norma dispone:
            “Art.1. Reconócese el quebrantamiento del Estado de Derecho que impidiera el ejercicio de derechos fundamentales a las personas, en violación a los Derechos Humanos o a las normas del Derecho Internacional Humanitario, en el período comprendido desde el 27 de junio de 1973 hasta el 28 de febrero de 1985.
            Art. 2. Se reconoce la responsabilidad del Estado uruguayo en la realización de prácticas sistemáticas de tortura, desaparición forzada y prisión sin intervención del Poder Judicial, homicidios, aniquilación de personas en su integridad psicofísica, exilio político o destierro de la vida social, en el período comprendido desde el 13 de junio de 1968 hasta el 26 de junio de 1973, marcado por la aplicación sistemática de las Medidas Prontas de Seguridad e inspirado en el marco ideológico de la Doctrina de la Seguridad Nacional.”


El único fiscal conocerá en todas las causas penales referidas a las violaciones de los Derechos Humanos ocurridas en el período referido en la Ley 18.596 que estaban en trámite o que se iniciaran en el futuro en todo el territorio Nacional.


Pero esto no es todo, porque los militares y policías son procesados con prisión preventiva en tanto su enjuiciamiento provoca “alarma social” – a pesar de que pasaron más de 40 años de ocurridos los hechos – o les aplican la “teoría del Buñuelo” por la cual los recursos de inconstitucionalidad se tramitan una vez decretada la prisión preventiva de los imputados.


Hay más para escribir, pero con lo ya dicho alcanza para comprender que los presuntos delitos están prescriptos y que en este caso como en otros, lo político está por encima de lo jurídico.
Carlos BUSTAMANTE BARRIOS
Decisiones del ministro de Defensa causan malestar en la Armada
8 minutos Comentar
Nº 2133 - 29 de Julio al 4 de Agosto de 2021

escribe Juan Pittaluga

Gustavo Luciani jamás imaginó que su comentario irónico sobre el ministro de Defensa Nacional iba a llegar tan rápido a los oídos de su superior. Durante un encuentro de trabajo criticó a Javier García por su afán de “figurar” y pretender salir en la foto de las buenas noticias. No sabía que a su lado estaba una colaboradora directa del ministro. Enterado, García ordenó el arresto a rigor del contralmirante y jefe del Estado Mayor General de la Armada. La sanción, aunque cumplida hace unos días y considerada superada en ámbitos militares, refleja posiciones contrapuestas con el ministro que están instaladas en la Armada. Manifestadas pública y abiertamente por retirados de la institución, las diferencias se acumulan desde el año pasado y parecen dificultar un vínculo que era fluido al inicio del gobierno.

Búsqueda consultó a distintas fuentes militares que coinciden en que la mirada de oficiales de la Armada sobre García cambió con el paso de los meses: valoran su respaldo público a la fuerza, pero cuestionan acciones políticas que consideran perjudiciales. “Si uno se guía por las declaraciones y los discursos, para afuera parece que estuviera todo bien, pero no es así”, señaló uno de los informantes. La lista de objeciones es variada y tiene como centro la debatida venta del predio de la Escuela Naval que García propuso pocas semanas después de asumir el cargo.

Luego de esa situación, una de las principales críticas corresponde al ahorro estatal encomendado desde la Presidencia de la República, que tiene consecuencias sobre los ingresos del personal naval. “El presupuesto es el mismo el primer año y el último. No tuvimos aumentos de nada”, apuntó un oficial. Al reclamo salarial se le suma la falta de partidas extras, “zanahorias que eran un incentivo” para los miembros de la marina y que se cancelaron, como por ejemplo inspecciones en embarcaciones que llegan a puerto, misiones oficiales y esencialmente los agregados militares en el extranjero.

También causó malestar que no haya representantes en actividad de la Armada en las delegaciones uruguayas de las comisiones del Río Uruguay y del Río de la Plata. Los consultados opinan que prevaleció el “interés político” para las designaciones en detrimento del conocimiento naval, lo que se traduce “en debilidades de experiencia y capacidad” para lidiar con temas como el Sistema Riachuelo, la megaobra argentina de infraestructura que busca solucionar la capacidad de transporte de desagües cloacales en el área metropolitana de Buenos Aires, con posibles consecuencias ambientales sobre el Río de la Plata.

Otra de las discusiones se enfoca en una situación operativa: la Armada reclama desde hace años la necesidad de renovar sus buques patrulleros para mar abierto, hoy prácticamente inútiles para evitar delitos cometidos en aguas territoriales como la pesca ilegal. García admitió el problema, la falta de soluciones que brindaron los gobiernos anteriores y los intentos del ministerio por encontrar mecanismos de compra por fuera del presupuesto. Por el momento, sin embargo, Uruguay adquirió tres lanchas de patrulla costera a través de un programa de donaciones con Estados Unidos. Aunque en la Armada valoran el esfuerzo postergado desde hace varias administraciones, entienden que la prioridad debieron ser los buques de mar abierto, más aún cuando estas lanchas “no son la panacea”, “no mejoran sustancialmente la flota existente” y suponen “costos de logística, acondicionamiento y mantenimiento” para la institución.

El último cuestionamiento está relacionado a un hecho que supera al Ministerio de Defensa, pero directamente “golpea” a la marina. Se trata del acuerdo alcanzado entre el gobierno y la empresa belga Katoen Natie para la extensión por 50 años de la concesión de la Terminal Cuenca del Plata (TCP), donde se establece que el área dentro del puerto de Montevideo que actualmente se encuentra utilizada por el Servicio de Iluminación y Balizamiento de la Armada y que pertenece a la Administración Nacional de Puertos deberá ser desocupada porque pasará a integrar el área de la concesión de TCP.

No podemos pagar
Consciente de los disgustos, García entiende que muchos son inevitables porque chocan con la política de ajuste impulsada por Luis Lacalle Pou, anunciada desde la campaña electoral y reforzada con el arribo del Covid-19. “Con respecto a los viáticos hay ahorros en virtud de la pandemia y ahorros que no son en virtud de la pandemia, sino porque el ministro de Defensa Nacional tomó decisiones de no otorgar viáticos en algunas circunstancias muy importantes y desvinculadas de la pandemia. Además, nosotros estamos analizando las misiones. A pesar de que la mayoría de las veces son muy importantes las misiones que se cumplen, cuando hemos tenido que poner los platos en la balanza, hemos tomado decisiones de no autorizar misiones en el exterior”, dijo el martes 13 ante la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda de la Cámara de Diputados.

“Todas las misiones en el exterior son por miles de dólares y optamos, independientemente de la pandemia, por no autorizar, con dolor, desde el punto de vista de que se pierden posibilidades, pero tomamos esas decisiones. Se han logrado disminuciones, que no son preferidas. Cuando uno ahorra un viático para un curso en el exterior muy técnico, sí ahorró el dinero, pero se perdió el curso”, agregó.

En su comparecencia, el ministro aseguró que le negó a Jorge Wilson, comandante en jefe de la Armada, la participación de la fuerza en el Coordinador del Área Marítima del Atlántico Sur (Camas) —un organismo internacional que se ocupa de acciones de control naval y protección del tráfico marítimo continental—, así como la modificación de agregadurías militares. “Podría hablar de otras agregadurías donde redujimos la dotación que se daba —en una ahorré US$ 103.000— y de muchas misiones que no autoricé”, dijo.

En medio de este panorama, uno de los puntos más calientes es la Escuela Naval que funciona en Carrasco. El año pasado García destacó el “valor inmobiliario muy importante” del predio, planteó venderlo y mudar todos los servicios a la base naval de la laguna del Sauce. Desde entonces un movimiento liderado por exintegrantes de la Armada y apoyado por varias organizaciones marinas ha hecho una campaña pública contra la propuesta (Búsqueda Nº 2.102), la cual es compartida en privado por oficiales en actividad de la fuerza.

La venta por ahora se encuentra en stand by. En diciembre el exministro de Defensa, Yamandú Fau, solicitó a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación declarar al complejo monumento histórico, lo que, de concretarse, no impediría su enajenación, pero sí que se modifique su estructura. “En la comisión de patrimonio el tema está parado, sin novedades. Yo mantengo mi pedido, aunque tengo entendido que se estaría trabajando en una idea que dio el ministro”, dijo Fau a Búsqueda.

La idea es fraccionar el predio que circunda los edificios y comercializar los terrenos para que terceros construyan casas en una suerte de barrio cerrado. Desde el ministerio de Defensa indicaron que la propuesta no surgió de García, sino de la propia Armada, tiene el respaldo del comando y está a estudio por parte de la cartera. Por lo pronto, las fuentes señalaron que muchos contralmirantes, capitanes y tenientes se oponen a este emprendimiento y que la insistencia de enajenar total o parcialmente la Escuela Naval ocasionó “una tensión creciente” con el mando civil.

La Asociación Capitán de Fragata Ramiro Jouan, que reúne a exalumnos y amigos de la escuela, elaboró un documento en donde rechaza el fraccionamiento. “Derivará en intereses privados y particulares de emprendimientos inmobiliarios, ajenos por completo a los intereses nacionales. Presenta ribetes cuya lógica solo se puede justificar en términos monetarios”, dice el informe firmado por el capitán de navío retirado José Fernando Elizondo. Añade que el precio de esos terrenos es relativamente bajo en comparación a otras zonas de Carrasco por encontrarse ubicados dentro de una unidad militar. “El frente daría a una calle lateral no pavimentada y a los fondos se encontrarían varios institutos educativos navales y marítimos. Frecuentes ensayos de una banda militar de músicos, ejercicios de infantería, actividad física y el lógico bullicio de 300 personas circulando hacen previsible suponer que el valor que se obtenga por esa eventual enajenación no arrojaría una cantidad razonable como para permitir una transformación patrimonial importante”.
Claramente se erosiona la imagen de un ministro que no concreta.
Si no hay un cambio no me queda claro la sustentabilidad de su posición.