Foros de Uruguay Militaria

Versión completa: Posibles aviones para la FAU
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Entonces si lo cambian y no hay derribo, de verdad no hay necesidad de tener "cazas"? O un avión con radar sigue siendo útil para por lo menos interceptar y vigilar?
Es lamentable que debamos supeditarnos a lo que opine USA sobre una ley de un estado supuestamente soberano como Uruguay.
Dicho eso, me hago la pregunta. ¿No se sabía esto antes de redactar la ley? ¿No era más fácil basarse en la ley argentina por ejemplo?
¿No se podrá "congelar" la ley como está o ponerla en suspenso? ¿Mientras tanto seguimos sin perspectiva concreta de ninguna aeronave?
(04-25-2023, 12:21 PM)el_francotirador escribió: [ -> ]Me imagino que no derribo y pasar el trafico al siguiente pais en caso de vuelo irregular que no obedece las ordenes de aterrizar, algo que ya se hace. Ahora si existe riesgo para instalaciones o la vida humana asumiria que no habria problema en derribarlo. El famoso vuelo en Peru no habian riesgos para nadie excepto para los que iban en la avioneta y fueron derribados, eso es lo que no se quiere repetir.

Entnoces ahora pregunto ¿que medios tiene Brasil o Chile para identificar positivamente una aeronave?.

Ley argentina
-https://www.argentina.gob.ar/normativa/n...6449/texto

Ley Uruguaya, que en realidad no es una ley sino artículos dentro de la LUC y digamos, ahora que los leí,bastante pobres y elementales.
Articulos 112 a 115, comparen
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020
(04-25-2023, 01:03 PM)Terminus escribió: [ -> ]
(04-25-2023, 12:21 PM)el_francotirador escribió: [ -> ]Me imagino que no derribo y pasar el trafico al siguiente pais en caso de vuelo irregular que no obedece las ordenes de aterrizar, algo que ya se hace. Ahora si existe riesgo para instalaciones o la vida humana asumiria que no habria problema en derribarlo. El famoso vuelo en Peru no habian riesgos para nadie excepto para los que iban en la avioneta y fueron derribados, eso es lo que no se quiere repetir.

Entnoces ahora pregunto ¿que medios tiene Brasil o Chile para identificar positivamente una aeronave?.

Ley argentina
-https://www.argentina.gob.ar/normativa/n...6449/texto

Ley Uruguaya, que en realidad no es una ley sino artículos dentro de la LUC y digamos, ahora que los leí,bastante pobres y elementales.
Articulos 112 a 115, comparen
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020
Justamente, nuestra ley específica poco como se va efectuar la identificación positiva del supuesto contacto "ostil". Supongo que es así porque no se disponen los medio para interseptar e identificar positivamente.  La mayoria, si no todos, los vuelo que se logran interseptar en nuestro territorio corresponden a aviones que no tienen nada que ver con el narcotráfico. Los  vuelos narcos, en su mayoria se efectúan por la noches y ahí carecemos de elementos para realizar una intersepción óptima.
(04-25-2023, 01:03 PM)Terminus escribió: [ -> ]
(04-25-2023, 12:21 PM)el_francotirador escribió: [ -> ]Me imagino que no derribo y pasar el trafico al siguiente pais en caso de vuelo irregular que no obedece las ordenes de aterrizar, algo que ya se hace. Ahora si existe riesgo para instalaciones o la vida humana asumiria que no habria problema en derribarlo. El famoso vuelo en Peru no habian riesgos para nadie excepto para los que iban en la avioneta y fueron derribados, eso es lo que no se quiere repetir.

Entnoces ahora pregunto ¿que medios tiene Brasil o Chile para identificar positivamente una aeronave?.

Ley argentina
-https://www.argentina.gob.ar/normativa/n...6449/texto

Ley Uruguaya, que en realidad no es una ley sino artículos dentro de la LUC y digamos, ahora que los leí,bastante pobres y elementales.
Articulos 112 a 115, comparen
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020

Radarizacion y AWACS…
(04-25-2023, 02:26 PM)el_francotirador escribió: [ -> ]
(04-25-2023, 01:03 PM)Terminus escribió: [ -> ]
(04-25-2023, 12:21 PM)el_francotirador escribió: [ -> ]Me imagino que no derribo y pasar el trafico al siguiente pais en caso de vuelo irregular que no obedece las ordenes de aterrizar, algo que ya se hace. Ahora si existe riesgo para instalaciones o la vida humana asumiria que no habria problema en derribarlo. El famoso vuelo en Peru no habian riesgos para nadie excepto para los que iban en la avioneta y fueron derribados, eso es lo que no se quiere repetir.

Entnoces ahora pregunto ¿que medios tiene Brasil o Chile para identificar positivamente una aeronave?.

Ley argentina
-https://www.argentina.gob.ar/normativa/n...6449/texto

Ley Uruguaya, que en realidad no es una ley sino artículos dentro de la LUC y digamos, ahora que los leí,bastante pobres y elementales.
Articulos 112 a 115, comparen
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020

Radarizacion y AWACS…
Compremos un AWACS y listo  Big Grin
Habría que comprar en Rusia o China.
(04-25-2023, 12:44 PM)David Piedra escribió: [ -> ]Entonces si lo cambian y no hay derribo, de verdad no hay necesidad de tener "cazas"?  O un avión con radar sigue siendo útil para por lo menos interceptar y vigilar?

su radar embarcado le permite observar vlos que no vean los radares en tierra ademas de disuadir y realizar la persecucion
Según tengo entendido Chile esta radarizado completo y Bolivia hace poco también logro Radarizar casi todo su territorio.
en Uruguay debería ser mas fácil.

No veo motivo para no revisar la normativa de derribos, hacerla mas actual y adecuarla a la realidad de La FAU.
derribar un avion no identificado debe ser la ultima ultima de las opciones, lo ideal es forzarlo a aterrizar o que deje el territorio informándole al vecino de que van para allá.